Año 8 No. 1826 Viernes 27 de Abril del 2007 Managua, Nicaragua



Reforman Ley de Adopción

La reforma a la Ley de Adopción, que realizó la Asamblea Nacional, establece que pueden adoptar los nicaragüenses, que hayan cumplido los 24 años de edad y no sean mayores de 55 años.

Dentro de las reformas, se establece que los padres adoptivos deben tener condiciones afectivas, morales, síquicas, sociales y económicas, así como poseer avales de reconocida solvencia moral.

La reforma, también afectó el artículo 12 de la ley que ahora consigna que el Consejo Nacional de Adopción, estará integrado por el titular del ministerio de la Familia, el director general de Protección Especial de esa misma cartera, un delegado de la Secretaría ejecutiva del Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y Adolescencia.

Una madre o un padre adoptivo que será elegido por ternas propuestas por el ministerio de la Familia, también serán parte del referido consejo, así como un delegado de hogares sustitutos, del ministerio de Relaciones Exteriores, de una organización de mujeres, un delegado de la Procuraduría Especial de la Niñez, un delegado de Migración y Extranjería y un delegado del ministerio de Salud.


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