Colombia no convenció
- Reniega de tratados internacionales para negar competencia de La Haya
- Experto advierte posible maniobra con movimiento “independentista”
- Tratado sólo pudo denunciarse cuando salió el “último marine”
Redacción Central
Trinchera de la Noticia
El especialista en derecho internacional y magistrado del Poder Judicial, Dr. Norman Miranda, aseguró que los alegatos esgrimidos ayer por la delegación colombiana ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya no convencen porque reniegan de los compromisos internacionales de esa nación en esta materia para rehuir la competencia de la CIJ.
El experto restó méritos a los argumentos del país sudamericano además que le llamó la atención que concentraran su primer esfuerzo de la semana en atacar el fondo del litigio y no el tema de esta fase: la competencia del Tribunal Internacional.
“Recordemos que este es un antejuicio” dijo el Dr. Miranda quien señaló que lo que está ventilándose es la “reticencia de Colombia para aceptar la jurisdicción de la Corte”.
Los abogados de Nicaragua intervendrán hoy para reafirmar nuestra posición de que La Haya es el tribunal competente para conocer del reclamo nacional. Luego de un descanso, mañana miércoles, el jueves, se producirá la replica de Colombia y viernes lo hará Nicaragua.
Luego los jueces tendrán unos seis meses para deliberar y dictar su veredicto.
La prensa colombiana, que ayer dedicó mucho espacio a los alegatos de ese país, cantó victoria por la jornada. El diario El Heraldo tituló así una nota de última hora en relación al tema: “Buen día para Colombia en La Haya”.
En el fondo de los alegatos
El agente de Colombia Julio Londoño Paredes abrió los debates haciendo una larga introducción sobre los hechos históricos y títulos jurídicos en los que se fundamenta la posición de esa nación: que es dueña de las posesiones al este del meridiano 82, donde se encuentra todo el archipiélago de San Andrés.
El ex Canciller Londoño Paredes sostuvo que el Pacto de Bogotá y la declaración de aceptación de la jurisdicción de la Corte se firmó en fecha posterior al tratado Bárcenas Esguerra de 1928. Insistió que el tratado fue negociado y aprobado por los cuerpos legislativos de cada Estado y que el párrafo que hace referencia al meridiano 82 fue incluido a solicitud del Estado Nicaragüense.
Alegó que Nicaragua nunca ha ejercido jurisdicción sobre las islas y cayos adyacentes y que, por tanto, ha violado el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, “generando inestabilidad en la región”.
El Dr. Miranda contradijo a ese alegato que “es curioso que Colombia haya entrado al fondo del asunto al invocar las cédulas reales de 1803, lo que es otra materia”.
A su juicio “Colombia está oponiendo una reticencia estéril” a la competencia de la Corte porque “su talón de Aquiles” es el tratado del 30 de abril de 1948, suscrito en el marco de la solución pacífica de las controversias, dentro de la IX reunión del sistema interamericano.
Precisamente, con la firma del llamado Pacto de Bogotá “ese gobierno acepta de forma ilimitada e incondicional” la competencia de La Haya lo que ratificó con la suscripción de la convención contra el genocidio de 1966 en que los países signatarios reconocen la jurisdicción de la CIJ.
“La tendencia de la Corte es que una vez que los países han reconocido su competencia ellos mantienen en el grado más alto posible su incidencia en ese campo” agregando que “de no ser así se produciría lo que se conoce como descomposición de obligaciones. Que un país demandado decida, según sus gustos, o como en un menú si acepta o no la competencia, como si le preguntase a un usuario si quiere carne o pescado”.
Según el Dr. Miranda “cuando un país reconoce la competencia de la Corte, este tribunal lo mantiene en máximo grado. La norma pertinente está en el Inciso 6 del artículo 36 del estatuto de la La Haya: cuando un demandado reniega de someterse a juicio es la Corte la que determina si es o no competente. La tradición implantada es que la Corte es proclive a mantener su competencia”.
La salida del último marine
Sir Arthur Watts, quien trabaja para Colombia, destacó que el tratado haya sido aplicado por un lapso de 50 años sin que se produjese el más mínimo reparo, hasta 1980 cuando Nicaragua lo denunció en forma unilateral.
Watts sostuvo que el conflicto “está resuelto desde hace más de 75 años y por ende la Corte no es competente para conocer del presente caso”.
Dijo que el tratado Bárcenas Esguerra “evidenció cómo en ese momento Nicaragua no tenía ningún interés en los cayos Roncador, Quitasueño y Serrana” y que por esta razón se dijo en el tratado que se encontraban en conflicto entre Colombia y Estados Unidos”.
Según el especialista, Nicaragua tiene a su favor dos argumentos para usar hoy, uno relacionado con el derecho relativo a los tratados y otro vinculado al derecho del mar.
“Nicaragua denunció el tratado el 4 de febrero de 1980 porque antes no hubo oportunidad de hacerlo. El tratado se firmó y ratificó mientras Nicaragua estuvo intervenida entre 1927 y 1934”, expresó Miranda.
Explicó que “la convención de Viena de 1969 establece un mecanismo, en su artículo 62, para anular aquellos tratados que son suscritos bajo vicios de consentimiento” y “dado que Nicaragua estaba en estado de postración política y soberana, no tenía toda su capacidad de obligarse por medio de un tratado”.
Miranda dijo que una vez que los marines salieron del país asumió el poder el gobierno de Somoza que “para todos los efectos es un tributario de la intervención de los marines”.
Por ello “cuando el país se liberó del somocismo tuvo la oportunidad de hacer valer los derechos establecidos en la convención de Viene y que ya estaban consagrados en las reglas nuevas del derecho del mar”.
Al momento de firmarse el tratado Bárcenas-Meneses el mar territorial era de tres millas el mar territorial, no había nacido el instituto de la plataforma continental ni la zona económica exclusiva, aspectos innovadores del derecho del mar.
La tierra domina
El magistrado Miranda dijo que “es abyecto que Colombia que está a 380 millas náuticas de las costas colombianas pretenda ser el poseedor de esas islas” además, recordó, “entre San Andrés y Colombia hay zonas abisales en las que se interrumpe la plataforma continental de Colombia”.
Dijo que el hecho de que “salte de una a otra plataforma está contemplado en los derechos del mar, sobre cuando se debaten casos de delimitación marítima porque señala que se tomará una plataforma continental por país”.
Cuidado es una maniobra
- Aparición de de movimiento independentista en San Andrés
Para el Dr. Norman Miranda, especialista en derechos del mar, la aparición de un movimiento independentista que pide la independencia del archipiélago de San Andrés y Providencia podría encerrar una peligrosa maniobra para Nicaragua.
Los despachos indican que el pastor de la iglesia Bautista local, Raymond Howard bajó la bandera colombiana del dentro de la isla para izar la del nuevo movimiento (Amen-SD, Archipiélago Movement for Ethnic Native Self-Determination) con la consigna “queremos ser un estado independiente”.
“Podría tratarse de una maniobra, una reivindicación de los locales, que es usada para otros fines”, dijo Miranda.
Explicó que “imaginemos una situación hipotética en que un grupo nativo consigue darle autonomía a esta isla de 44 kilómetros y 83,000 habitantes entonces se convertirían en un enclave colombiano en territorio nicaragüense con derecho a ejercer sus 200 millas de mar patrimonial”.
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