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Año 9 No. 2054 Viernes 11 de Abril del 2008



Eliseo en pelea con el “Gato” Rivera

Francisco “El Gato” Rivera, candidato a la vice alcalde por la Alianza Liberal Nicaragüense, partido que preside el doctor Eliseo Núñez Hernández, llegó al Concejo Supremo Electoral para unirse a la protesta por la suspensión de elección municipales en Waspan, Prinzapolka y Puerto Cabezas.

El candidato fue recibido con insultos por el diputado parlacénico Eliseo Núñez Morales, diciéndole que era “sandinista”, respondiéndole Rivera que esto es una fiesta cívica y que fuera más respetuoso.

La costumbre de Eliseito es desprestigiar y despotricar, dijo el candidato. Núñez Morales le gritaba que los de la ALN no inscribieron candidatos en la Costa Atlántica porque están unidos al Frente Sandinista y ahora viene de hipócrita a protestar.

“Se vendieron al Frente, el mismo Julio Acuña les dijo si quieren estar con nosotros, los del Frente, entonces retiren los candidatos, lo cual hicieron posteriormente”, gritó Núñez. El asunto no pasó a más de que un cruce de palabras como de “mercado”.

Como la “Novia de Tola”

Los diputados del poder legislativo aprovecharon el 1ro. de marzo, día del periodismo nacional, para quedar bien con los colegas otorgando tres pensiones vitalicias a informadores que pasan por una critica situación por no tener jubilación del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.

Los beneficiados fueron, Eduardo Alvir, Francisco de Jesús Rodríguez y Luis Molina pero dos meses después en el ministerio de Hacienda no hay ninguna respuesta porque supuestamente los fondos están agotados y no hay reformas presupuestarias para cumplir con el mandato.

Pero existe otra pensión más antigua que tampoco se ha cumplido, la del profesor Ricardo Trejos Maldonado desde hace seis meses se encuentra en similares condiciones y ha buscado diversos mecanismos para obtener respuesta pero todo ha sido en vano.

Asamblea reinicia sesiones

La Asamblea Nacional sesionará el martes 15, miércoles 16 y jueves 17 de este mes.

El martes comienzan con la trifulca orquestada por el Consejo Supremo Electoral en la Costa Atlántica al suspender las elecciones, cuyos gritos por doquier es violatorio a la Constitución de la República.

Ese martes concluye el periodo de sesiones, dijo Ramón Macías, jefe de bancada de ALN, quien participa en las reuniones de junta directiva.

La interpretación de la Ley Electoral es uno de los puntos que dialogaron por un buen rato la mañana de ayer, luego serán enviados a comisión.

Los sandinistas estuvieron muy receptivos con la propuesta y no hicieron resistencia, no así cuando Luis Benavides les dijo en la sesión del Consejo Electoral, que esa ley chocaba con la Constitución, y las respuestas de Enmet Lang, José Luis Villavicencio, Miguel Córdoba y Roberto Rivas, era quedarse en silencio y proseguir como si nada estuviera pasando.

Macías dijo que no está en agenda la aprobación de la Ley Antifraude que favorece a Unión Fenosa contra los usuarios de la energía eléctrica y que también preocupa al Fondo Monetario Internacional. Tampoco la mencionó el sandinista Edwin Castro Rivera, jefe de bancada.

CSE: exceso de poder

El diputado Edwin Castro Rivera dice que no conoce el ante proyecto de ley de interpretación de la Ley Electoral, si la ley es constitucional se somete a interpretación con 56 votos, según su criterio, el cual no comparte la doctora María Asunción Moreno, catedrática de derecho constitucional en una universidad capitalina y el doctor Cairo Manuel López

Las cosas son por su contenido y no por la forma que le den, afirmó López. De acuerdo al contenido del documento que firmo el Consejo Supremo Electoral como “acuerdo” el valor jurídico que tiene este es mucho menor que el de una resolución, el artículo 173 de la Carta Magna: Contra las resoluciones en materia electoral no cabe recurso alguno ordinario, ni extraordinario, lo que le confiere al “acuerdo” es debilidad frente a cualquier recurso o interpretación jurídica que se pudiera hacer.

En primera instancia la pregunta es, si el Consejo Supremo Electoral tenía facultades o no para dictar este tipo de acuerdo, según articulo 130 y 183 de la Constitución Política que consagra el principio de la legalidad para los órganos del estado, los poderes del estado, funcionarios o autoridades, tienen más funciones o atribuciones que las que expresamente le confieren la Constitución política y las leyes de la republica.

Sigue diciendo el ex presidente de la Asamblea Nacional, cuando se examina la constitución política que tiene el Consejo Supremo Electoral y específicamente el artículo 173 constitucional por ninguna parte aparece que tenga las facultades para poder suspender o posponer elecciones, aquí lo que ha ocurrido, como se denomina en derecho publico: Un exceso de poder.

Ha actuado más allá de la órbita que le confiere la misma Constitución, los magistrado se han socorrido de una interpretación que le dan de manera muy particular al artículo 179 de la ley electoral.

Aquello no previsto expresamente en cuanto a procedimiento se puede utilizar el derecho común, esto es únicamente para cuestiones procidimentales no para cuestiones esenciales, resuelve. Lo más rápido en este caso es la interpretación autentica de la ley, y repite Cairo Manuel López, no necesita de 56 diputados, porque no es reforma a la Constitución de la republica.

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