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| Año 9 No. 2004 Jueves 24 de Enero del 2008 | |||||||||||||
Cero control previo en formación de leyes
El diputado opositor José Pallais dijo en una alocución en el legislativo que con la reforma “se dejó plenamente establecido que no puede promoverse, admitirse ni resolverse un recurso de amparo en contra del proceso de formación de cualquier legislación”. La reforma fue aprobada por 87 de los 92 miembros de la Asamblea y entre sus consideraciones está la de “evitar el control previo sobre la formación de leyes”. Integrantes de los CPC presentaron un amparo contra una ley en la cual la asamblea desvinculaba del Ejecutivo a esos grupos y al aceptarse el recurso judicial la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ordenó suspender la publicación con la cual entraría en vigencia la norma. La oposición, que compara los CPC con los Comités de Defensa Sandinista creados por el régimen revolucionario en la década de los 1980 para vigilar a la población, criticó la actuación de la corte al suspender la emisión de la ley. |
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