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Año 9 No. 2075 Martes 13 de Mayo del 2008



Concluye publicación de Código Penal

  • Entrará en vigencia en 60 días

Redacción Central
Trinchera de la Noticia

Tomar ilegalmente energía, agua o el servicio de telecomunicaciones, será penado por la ley a partir del próximo 9 de julio cuando entre en vigencia el nuevo Código Penal, cuya parte final fue publicada en La Gaceta del pasado 9 de mayo.

Un total de.568 artículos fueron publicados oficialmente en lo que se espera sea una nueva etapa en la aplicación de la justicia en el país.

El artículo 236 del Código Penal habla del aprovechamiento indebido del fluido eléctrico, agua y telecomunicaciones y de otros servicios públicos.

Las penas para estos delitos van de uno a 3 años y las multas pueden ser igual a superior a 3 salarios mínimos del sector industrial, lo que significa que fácilmente alcanzará los 5,000 córdobas.

El nuevo reglamento, también contiene el polémico artículo 282 que se refiere al lavado de dinero y que establece que este delito es autónomo respecto de su delito precedente y será prevenido, investigado, enjuiciado, fallado o sentenciado por las autoridades competentes como tal, con relación a las actividades ilícitas de que pudiera provenir para lo cual se requerirá que se sustancie un proceso penal previo en relación a la actividad ilícita precedente.

Estas conductas serán castigadas con penas de 5 a 7 años de prisión e inhabilitación especial por el mismo período para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo y multa de uno a 3 veces el valor de los bienes o activos de que se trate.

El nuevo código especifica las penas contra delitos como la falsedad, delitos contra el sistema financiero y bancario y el apoderamiento de secretos de las empresas, Hay una serie de delitos que son en parte, protectores de los derechos de los consumidores, usuarios y empresarios, tales como la práctica anticompetitiva y la publicidad engañosa que por cierto es muy común en este país.

Los artículos 269 que se refiere al desabastecimiento, el 263 a la usura y el 268 al agiotaje, son parte de un artículo que va dirigido directamente a proteger a los consumidores nicaragüenses.

Otros de los aspectos del Código son las penas contra los derechos de autor y el tráfico de vehículos, delito que se ha incrementado a nivel de toda Centroamérica.

En el aspecto social, hay un articulado contra la rufianería, el proxenetismo y la promoción del turismo con fines de explotación sexual

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